Aprobada la regulación de la instalación de puntos de recarga eléctrica en las principales estaciones de servicio de carburantes. Las comunidades autónomas serán las responsables de notificar a los titulares de las estaciones de servicio su obligación de instalar al menos un punto de recarga para vehículos eléctricos,El punto de recarga eléctrica podrá situarse en los terrenos aledaños a la estación de servicio, a una distancia máxima de 300 metros desde la instalación de suministro de combustible o carburante,Una próxima orden ministerial del MITECO aprobará el listado del millar de estaciones de servicio de mayores ventas, inicialmente obligadas a instalar un punto de recarga